CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS, UNA CON CARÁCTER PERSONAL LABORAL FIJO Y OTRA CON CARÁCTER DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE AYUDANTE FORESTAL PARA LA SOCIEDAD MUNICIPAL OBIMASA, S.A.U.
29/10/2021
Relación definitiva de aspirantes aprobados en el proceso de provisión de dos plazas, una con carácter de personal laboral fijo y otra con carácter de personal laboral temporal de ayudante forestal.
28/09/2021
Publicada lista provisional de aspirantes que han obtenido una puntuación igual o superior a 15 puntos en la prueba escrita.
(Boletín Oficial 6134 de 28/09/2021).
24/08/2021
Publicada lista provisional de admitidos y excluidos y fecha de la primera prueba.
(Boletín Oficial 6124 de 24/08/2021).
16/07/2021
Designación del Tribunal Calificador de OBIMASA para el proceso de cobertura de dos plazas de ayudante forestal.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas Generales.
Se convocan pruebas selectivas para la provisión, de dos plazas de Ayudante Forestal, una con carácter de personal laboral fijo y otra con carácter de personal laboral temporal, mediante el sistema de oferta pública.
Dichas plazas tienen una equivalencia con las clasificadas en el Grupo C, subgrupo C2.
2. Condiciones de los aspirantes.
2.1 Para ser admitido a la realización de esta prueba selectiva los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
d) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida o menoscabe el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
f) Estar en posesión del permiso de conducir B1.
g) Estar en posesión de diploma o titulación en el manejo de desbrozadora y motosierra.
2.2 Los requisitos anteriores deberán poseerse por los aspirantes en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
3. Proceso selectivo.
La selección de los aspirantes se realizará a través del siguiente proceso selectivo y de acuerdo a las puntuaciones indicadas:
3.1 Formación. Se puntuará los cursos homologados en el manejo de motosierra y desbrozadora forestal.
Por cada 20 horas de curso de motosierra y desbrozadora directamente relacionado con el puesto de trabajo ofertado impartidos por Organismos Públicos o Privados, debidamente homologados, se otorgará 0,4 puntos no valorándose los cursos inferiores a 20 horas.
La formación será puntuada con un máximo de 15 puntos.
3.2 Experiencia profesional.
– Por los servicios prestados en Administración Pública o Entidades y Organismos Públicos sustancialmente iguales al que se convoca se otorgará 0,7 puntos por mes trabajado.
– Por los servicios prestados en Empresa Privada sustancialmente iguales al que se convoca se otorgará 0,5 puntos por mes trabajado.
Se deberá presentar a fin de acreditar dicha experiencia vida laboral, fotocopias de contratos y certificados de empresa que acrediten el periodo trabajado y categoría profesional.
La experiencia profesional será baremada con un máximo de 25 puntos.
3.3 Examen escrito.
Basado en el desarrollo de uno de los temas a continuación indicados que será elegido por sorteo al comienzo de la prueba, siendo esta de 60 minutos de duración. En este apartado podrá alcanzar el aspirante como máximo un total de 30 puntos.
Temas a desarrollar:
a. Montes y conservación de la naturaleza: normativa básica.
b. Vigilancia, prevención y extinción de incendios forestales.
c. Tratamientos selvícolas.
d. Repoblación forestal.
e. Procesos de restauración de áreas naturales.
f. Viverismo de planta forestal autóctona.
g. Flora y fauna de Ceuta: reconocimiento de especies vegetales y animales.
h. Manipulación de maquinaria y herramientas utilizadas en tratamientos selvícolas. La moto sierra y moto desbrozadora.
i. Primeros auxilios en el medio natural.
j. Topografía y toponimia de Ceuta.
3.4 Prueba práctica.
Los aspirantes que hayan obtenido o superado en el examen escrito un total de 15 puntos serán convocados a una prueba práctica.
Dicha prueba práctica versará sobre montaje, desmontaje, cambio de filtros y engrase de herramientas y maquinaria relacionada con el puesto de trabajo como son la motosierra y desbrozadora siendo elegida por sorteo al comienzo de la prueba.
La maquinaria a utilizar en esta prueba marca “Stihl” son de los siguientes modelos: Desbrozadora modelos FR560 y FR550
Motosierra modelos MS362, Ms201T y MS180 Desbrozadora podadora de altura modelo HT133
La prueba se realizará en un tiempo máximo de 25 minutos, siendo descalificado el candidato que supere dicho tiempo en la ejecución de la prueba.
Al candidato se le proveerá de la maquinaria, herramientas y piezas necesarias para la correcta ejecución de la prueba así como guantes de seguridad, desinfectante y guantes individuales de protección ante el Covid-19
La prueba práctica será baremada con un máximo de 30 puntos.
Los requisitos establecidos en estas Bases deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
4. Solicitudes.
4.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial que figura como Anexo I de esta convocatoria, podrá ser descargada en la página oficial de Obimasa www.obimasa.es
Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Consejo de Administración de Obimasa.
4.2 El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOCCE.
4.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en las instalaciones de Obimasa en Carretera de Benzú-Garcia Aldave s/n previa petición de cita al teléfono 956 52 01 02 o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.4 Dicha solicitud deberá ir acompañada de la fotocopia documento acreditativo del apartado 2.1.C y de los méritos a los que hace referencia los apartados 3.1 y 3.2 de las presentes bases.
5. Tribunal Calificador.
5.1 El Tribunal Calificador estará compuesto por cinco miembros, asistidos por un Secretario, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes y pudiendo actuar indistintamente cualquiera de ellos. La totalidad de los miembros deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para la presente provisión de plazas.
5.2. El Tribunal Calificador nombrado por el Presidente del Consejo de Administración de Obimasa y por la Comisión Paritaria de Obimasa será el siguiente:
Presidente, Secretario, Dos vocales designados por el Presidente del Consejo de Administración de Obimasa y otros dos vocales designados por el Comité de Empresa. Podrán asistir, asimismo, un observador por cada Sindicato representado en el comité de empresa, con voz pero sin voto.
Así mismo será nombrado de igual forma el tribunal suplente compuesto por un presidente, un secretario y cuatro vocales.
Los miembros de dicho tribunal calificador se hará público el mismo día de la convocatoria de la provisión de las plazas.
Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no pudiendo tampoco ser nombrados miembros, colaboradores o asesores de los miembros quienes hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3 Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. Admisión de los aspirantes.
6.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el tribunal calificador expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos en relación al punto 2 de estas bases “Condiciones de los aspirantes”. En dicha exposición que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de ocho días naturales para subsanación.
En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así como en su caso las causas de exclusión.
Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que se dicte al aprobar la lista definitiva, que será hecha pública en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Asimismo se hará constar el lugar, la fecha y hora de la celebración del ejercicio escrito.
Una vez puntuados por el tribunal calificador los apartados 3.1 y 3.2 se valorará y puntuará independientemente el apartado 3.3 del proceso selectivo “examen escrito” y se informará a los aspirantes que hayan obtenido una puntuación igual o superior a 15 puntos en dicho “examen escrito” del lugar, día y hora de la celebración de la prueba práctica.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanarán la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba.
Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos podrá interponerse las reclamaciones o los recursos que procedan ante la jurisdicción competente.
6.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, para posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino que además sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1 En cualquier momento los órganos competentes de selección podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.2 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra <<B>>. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra <<B>, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra <<C>>, y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administración Pública de fecha 21 de Julio de 2020.
7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio en llamamiento único quedando decaídos en sus derechos aquellos que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.4 Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8. Calificación de las pruebas selectivas.
8.1 Las calificaciones serán realizadas de acuerdo a lo indicado en los apartados 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 de las presentes bases. No obstante, si existieran puntuaciones idénticas el orden, se resolverá por sorteo.
Las calificaciones y puntuación final se harán pública en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón de Anuncios de Obimasa S.A.U. así como en la Web oficial de la empresa.
9. Listas de aprobados.
9.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes aprobados, con indicación de su DNI y puntuación que haya alcanzado. Proponiendo para su selección a los dos aspirantes que haya obtenido mayor puntuación. El aspirante que obtenga la mayor puntuación será propuesto para la plaza de laboral fijo indefinido y el que obtenga la segunda mayor puntuación para la plaza temoral. Esta relación será elevada al órgano competente para su aprobación y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.
9.2 Aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, y no hayan obtenido plaza, pasarán a formar parte de un listado de bolsa de Ayudantes Forestales de Obimasa S.A.U., cuya vigencia máxima no podrá superar los dos años, a contar desde el inicio de la misma.
El llamamiento de los seleccionados en la bolsa se realizará en función de las necesidades de provisión urgente e inaplazable que exijan un nombramiento de esta naturaleza.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta norma será nula de pleno derecho.
9.3 Los actos que pongan fin al procedimiento selectivo deberán ser motivados. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su contenido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
10. Presentación de Documentos.
10.1 Dentro del plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación del resultado del proceso selectivo en el Tablón de Anuncios y pagina web de OBIMASA, los aspirantes aprobados deberán presentar los documentos debidamente autenticados de las condiciones que para tomar parte en las pruebas selectivas se exigen en las bases 2, 3.1 y 3.2 de esta convocatoria.
10.2 Si, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en dichas bases, no podrá ser seleccionado y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
11.- Selección de aspirantes.
Por el órgano competente en materia de personal de Obimasa S.A.U. se efectuará la selección de los dos aspirantes aprobados con mayor puntuación como Ayudantes Forestales, mediante resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad.
12. Incidencias.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas y discrepancias que se produzcan durante el desarrollo del presente proceso selectivo.
13. Lenguaje no sexista.
Con el objeto de mejorar la legalidad del texto y evitar el uso de un lenguaje sexista, todas las referencias que aparecen con género masculino en estas Bases, deberán entenderse neutras y extensibles a ambos sexos.